¿Qué es un Agente Digitalizador Acreditado?

Empresa tecnológica que dispone de soluciones y servicios tecnológicos, y los ofrece a empresas y autónomos que lo soliciten en el programa Kit Digital.

 

Kit Digital

Kit Digital es un programa financiado por los fondos Next Generation EU, que ofrecen subvenciones a fondo perdido para pymes pequeñas, microempresas, y autónomos, de cualquier sector, con menos de 50 trabajadores y un volumen de negocio inferior a los 10 millones de euros, en forma de “bonos digitales” de entre 2.000 y 12.000 €, que permiten acceder a servicios de proveedores acreditados, como nosotros.

Estos servicios responden a ámbitos como el diseño de páginas web, el comercio electrónico, marketing digital o ciberseguridad, entre otros. En cada caso y en función de la dimensión de la empresa, el importe de la subvención oscila entre los 2.000 y los 12.000 euros.

 

Segmentos de beneficiarios

Segmento I. Pequeñas empresas entre 10 y 49 empleados (12.000 €)

Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y 9 empleados (6.000 €)

Segmento III. Microempresas de entre 1 y 2 empleados y autónomos (2.000 €)

 

PRIMERA CONVOCATORIA de ayudas de Kit Digital

Para empresas de entre 10 y 49 trabajadores (Segmento I)

Del 15 de marzo a les 11 h hasta el 15 de septiembre a les 11 h (6 meses), o hasta que el presupuesto quede agotado. Las solicitudes se atenderán por orden de llagada, por concurrencia no competitiva.

El importe del bono digital es de 12.000 € por empresa beneficiaria que se podrá canjear por diferentes soluciones de digitalización del programa Kit Digital.

Presupuesto de la convocatoria: 500 millones de euros.

 

¿Qué tienes que hacer?

 

  1. Regístrate en acelerapyme.es y completa el formulario de madurez digital (Autodiagnóstico)
  2. Consulta el catálogo de soluciones digitales, i escógenos.
  3. Ponte en contacto con nosotros, tu agente digitalizador. Y tramitaremos tu solicitud a la ayuda Kit Digital.
  4. A continuación, formalizaremos un Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización, donde queden especificadas las condiciones del servicio, y donde accederéis al cobro del importe del bono digital en el Agente Digitalizador, como nosotros.
  5. Cuando el acuerdo esté formalizado, procederemos a la prestación de la solución de digitalización, en dos fases.
  6. En acabar, emitiremos una única factura electrónica, por el importe total de la solución de digitalización contratada, donde se aplicará la reducción del importe subvencionado (bono digital). En caso de superar este importe, tendréis que pagar la parte no subvencionada, si supera, más del IVA total.
  7. Para cobrar el importe del bono digital, procederemos a la justificación de la subvención, en vuestro nombre y mediante los canales digitales que se nos indiquen.

 

Requisitos para ser beneficiario

  • Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo de conformidad con las definiciones del Anexo I del reglamento (UE) n.º. 651/2014 (empresa que ocupe a menos de 50 personas y con un volumen de negocios anual o un balance general anual que no supere los 10 millones de euros.)
  • No estar en situación de empresa en crisis.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad social.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
  • Estar en situación de alta al censo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • No estar sujeto a ninguna orden de recuperación pendiente después de una decisión previa de la Comisión Europea.
  • No superar el límite de ayudas de mínimos.
  • Cumplir los límites financieros y efectivos que definen les diferentes convocatorias.
  • Estar registrado en Acelera Pyme y disponer de la avaluación de Madurez Digital de la misma plataforma.